La
libertad de que hemos hablado es, según el concepto moderno, uno de los
derechos humanos. En la Antigüedad no se usaba ese lenguaje. El «ser hombre libre»
era una condición social que procedía del nacimiento o de la emancipación de la
esclavitud. Por su parte, la «libertad para hacer» tenía un fundamento jurídico.
De
hecho, en la cultura griega, el término exousía o «libertad para»
designaba la posibilidad de acción concedida por una norma superior y, por
tanto, el derecho a hacer algo o actuar sobre algo. Ante todo significaba la
posibilidad y el derecho a actuar que en la estructura jurídica del Estado emanaba
del rey, se comunicaba a los magistrados y, en los negocios jurídicos, a los
particulares.
Pasemos
a la cultura judía. En el AT griego, exousía indica ante todo el derecho,
el poder, la autorización y la libertad en sentido jurídico y político y, en
primer lugar, la facultad o derecho dado por Dios. Poco antes de la era
cristiana (Daniel y Macabeos) designa el poder del rey y el de Dios y, en general,
cualquier poder que deba regular las relaciones humanas en la vida ordinaria. Referido
a Dios denota su absoluta soberanía. A la exousía o autoridad se opone el
precepto negativo «no es lícito/no está permitido» (Mc 2,24). La exousía se
manifiesta en la posibilidad de actuar sin trabas. Unas veces destaca el
derecho: «autoridad»; otras veces, la ausencia de trabas: «libertad».
En
época antigua habían existido en el pueblo hebreo profetas, hombres llamados
directamente por Dios para una misión con el pueblo; pero, en tiempo de Jesús,
los profetas habían desaparecido desde hacía siglos en Israel.
En
resumen, en el mundo antiguo, griego y, en su tanto, hebreo, la «autoridad»,
divina o humana, era la capacidad o facultad de actuar libre y eficazmente
sobre personas, instituciones u objetos, el derecho a hacer algo o disponer
libremente de algo; era, por tanto, un poder soberano que se transmitía por delegación
jurídica, independientemente de la calidad de la persona que lo poseyera.
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